Luego de elegir la propiedad y de llegar a un acuerdo de precio comienza el proceso de compra del inmueble:
Persona física
– Propiedades adquiridas antes del 30/06/2007 – 1.8 % del valor de venta (criterio ficto)
– Propiedades adquiridas después del 30/06/2007 – 12 % del resultado por venta
En caso de que el propietario sea una Sociedad, debe abonar un 25% sobre la renta.
Luego de que se llega a un acuerdo en el precio y en las condiciones de alquiler entre las partes, el inquilino asegura la propiedad realizando un depósito equivalente al valor de un mes de alquiler (quedará en custodia de la Inmobiliaria hasta la firma del contrato). Este depósito garantiza que la propiedad esté reservada y fuera del mercado.
Documentación: el inquilino deberá presentar al propietario a través de la inmobiliaria, en un plazo máximo de 5 días hábiles, la documentación para comenzar el trámite de garantía.
Gastos asociados al alquiler de un inmueble: En el momento de la firma del contrato, ambas partes deben pagar una comisión inmobiliaria correspondiente a un mes de alquiler más el IVA.
>> En caso de haber Gastos Comunes, el inquilino debe abonarlos y se abonan mensualmente.
>> Tributos domiciliarios que se abonan bimestralmente.
>> Tarifa de saneamiento
Servicios accesorios: ute, ose, antel
>> IRPF por un monto equivalente al 10,5% del monto del alquiler y se paga de forma mensual.
>> Contribución inmobiliaria por un monto equivalente al 1% del valor catastral de la propiedad abonándose anualmente.
>> Impuesto a Primaria que equivale a un tercio de la contribución inmobiliaria y también se abona anualmente.
>> Si los Gastos Comunes incluyen un Fondo de Reserva, el propietario es responsable de su pago. La administradora del edificio se encargará de hacer dos talones de pago por separado.
Garantía: hay varios tipos de garantías;
>> Banco Hipotecario: el inquilino realiza un depósito en el Banco Hipotecario correspondiente al importe de: 5 meses de alquiler (en caso de vivienda particular) o 10 meses de alquiler (en caso de comercio).
La misma se retirará a 2 firmas (propietario e inquilino) una vez finalizado el contrato de arrendamiento.
Costo: 5% sobre los montos depositados, el cual no está gravado por IVA.
>> Aseguradoras: le brinda al inquilino la garantía necesaria y asegura al propietario el cobro del alquiler en caso de incumplimiento por parte del arrendatario. No tienen costo para los propietarios.
Costo: para el inquilino a partir del 65% de una renta. Pago anual.
-Porto Seguro: http://www.portoseguro.com.uy/guia-de-contratacion
-Sura: https://www.segurossura.com.uy/seguros-personas/garantia-de-alquiler/
-Mapfre: https://www.mapfre.com.uy/seguros-uy/personas/garantia_de_alquiler/
>> Anda: http://www.anda.com.uy/ucalquileres_1647_1.html
Se trata de una empresa que ofrece servicios de garantía para alquileres. Los inquilinos deben registrarse y, por el servicio proporcionado, Anda cobra un porcentaje acordado tanto al inquilino como al propietario.
Costo: cuota mensual + X% anual/mensual al inquilino, comisión mensual al propietario.
>> Contaduría general de la Nación: Los que pueden acceder son los empleados públicos, pensionistas, jubilados y quienes tengan convenió con ANV.
Permite, a través de un trámite, que le descuenten del sueldo -al inquilino- el monto de alquiler que se transfiere directamente al propietario.
Costo: 3% del monto del alquiler a cada parte (arrendador y arrendatario). Se descontará mensualmente junto con el alquiler mensual.
>> Propiedad: Se presenta un certificado de propiedad que acredite que el bien inmueble está libre de embargos, interdicciones, gravámenes y que la persona que firma como garante es el propietario del bien.
Este documento es emitido por Escribano Público y se deberán solicitar los certificados registrales de acto personales y del inmueble.
Costo: arancel de escribano/a aprox 3500$
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